Escrito por elecuatoriano el 30 de octubre, 2009

noticias.lainformacion.com.- El Pleno del Congreso aprobó ayer, con el rechazo del PP e IU-IC-ERC y UPyDV, la reforma de la ley de extranjería que endurece los requisitos para el reagrupamiento familiar de los inmigrantes residentes en España. Así, a partir de ahora sólo se podrá reagrupar a sus familiares más directos (hijos y pareja) y a los mayores de 65 años de aquellos inmigrantes que residan legalmente en España al menos un año.

La nueva norma limita sobre todo el reagrupamiento en el caso de los padres, ya que sólo podrán venir a España aquellos hombres y mujeres menores de 65 años que acrediten “causas humanitarias” que lo motiven. “Se considera que un hombre o mujer menor de esa edad está en condiciones de trabajar y puede venir a España en busca de un empleo. Pero si se acredita un caso humanitario, como que se trate de una persona viuda, que esté sola en su país de origen o que tenga problemas de salud, también podría ser reagrupada”, ha explicado a lainformacion.com, Esperanza Esteva, portavoz de Inmigración del grupo socialista.

En cambio, no habrá problema en reagrupar a los hijos menores de 18 años y al cónyuge. En estos casos no sólo no se ponen límites, sino que además de ser reagrupados, se les concederá de forma automática el permiso de trabajo en el caso de que no lo tengan. Tampoco habrá problemas para la reagrupación de mayores de 65 años.

Los grupos que han impulsado la nueva ley, PSOE y CiU, consideran que de esta forma la reagrupación familiar se llevará a cabo de una forma “más razonada y justa”. Según Carles Campuzano, portavoz de CiU en materia de inmigración, restringir la reagrupación familiar en tiempos de crisis es “defendible”, ya que es necesario hacer “un esfuerzo de contención de los flujos migratorios”.

A la izquierda, (IU-ICV-ER) no les agradan estos límites, aunque aplauden que el reagrupamiento familiar lleve parejo el permiso de trabajo. Sus críticas son más duras contra otro de los aspectos más controvertidos de esta ley, el aumento de 40 a 60 días del período que un extranjero deberá permanecer en un centro de internamiento mientras se decide si será expulsado o no. Según Joan Herrera, portavoz de ICV, “el problema no es 20 días más o menos, sino tener más recursos” para proteger los derechos de los inmigrantes en esos centros. En este sentido, se han incluido algunas mejoras un apartado dedicado a reforzar las garantías legales de los ingresados en Centros Internamiento (CIES).

Las Comunidades Autónomas ganan peso

Otro de los puntos fuertes de la futura ley, que ahora pasará al Senado, es el terreno que ganan las Comunidades Autónomas en la gestión de la inmigración. A partir de ahora podrán conceder permisos iniciales de trabajo y de residencia, siempre y cuando dicha competencia se reconozca en su Estatuto. Así, las comunidades podrán firmar acuerdo para la contratación en origen con terceros países y cobrar las tasas y sanciones pertinentes.

Además, serán las comunidades autónomas quienes tendrán que evaluar el nivel de integración del inmigrante que exige la nueva ley. Y lo harán de acuerdo a los “esfuerzos de integración” que realice el inmigrante que desee renovar sus permisos de trabajo o residencia, como pueden ser la participación en cursos de formación sobre “valores constitucionales y estatutarios” o el conocimiento de las lenguas oficiales. Pero las comunidades autónomas y los ayuntamientos valorarán esos esfuerzos según el baremos que establezcan ellos mismos, ya que gracias a una enmienda de CiU se tomará “como referencia sus respectivos planes de integración”.

La ley establece que se deberá elaborar un “informe de integración” que se “valorará especialmente” a la hora de determinar las renovaciones de permisos y el nivel de arraigo. Además, las Comunidades Autónomas tendrán la potestad de transferir la tutela de los menores a entidades privadas, ONGs u otros gobiernos regionales.

Otras novedades

Una de las medidas estrella de la futura norma es que no se expulsará las mujeres inmigrantes sin papeles que sea víctimas de la violencia de género. El procedimiento de expulsión se suspenderá en cuanto presenten una denuncia por malos tratos hasta que haya resolución judicial.

Otro punto nuevo de la ley establece que los extranjeros residentes que tengan en España menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria deberán acreditar dicha escolarización en los trámites de renovación de permisos.

 

 

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